¿Cuánto pagamos en impuestos en Navidad? Así tributan los premios de Lotería

Lotería de Navidad, impuestos

25 nov. 2019

Seguramente en alguna ocasión uno de tus sueños ha sido que te tocara la Lotería. Y es que, por más que las posibilidades de ganar sean de 1 entre 100.000, cada año muchos de nosotros continuamos jugando por tradición, ilusión y protección, no fuera que le tocara a todo el mundo en el trabajo menos a ti.

 

¿Cómo tributan los premios de la Lotería del Gordo?

La Ley es muy clara al respeto: habrá que pagar un 20% por todas las cantidades obtenidas con un mínimo exento que, desde el pasado 1 de enero de 2019 y hasta diciembre de 2019 se fija en 20.000 €, y que irá subiendo progresivamente hasta el año 2020 de la siguiente manera:

  • Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2019, el mínimo exento será de 20.000 €.
  • Del 1 de enero de 2020 en adelante, este mínimo exento se fijará en 40.000 €.

Las ganancias hasta 20.000 € quedarán exentos de tributar y, por lo tanto, solo se pagarán impuestos por el excedente. A modo de ejemplo, si nos toca un premio pequeño de 100 €, no se tendrá que rendir cuentas a Hacienda, ni tampoco si nos toca un quinto premio de 6000 €. Sin embargo, si nos tocara un cuarto premio de 40.000 €, este 2019 se tendría que pagar el 20% de todo el que supere los citados 20.000 €. Por lo tanto, se pagaría el 20% de 20.000 € (40.000 € - 20.000 €) que son 4.000 €, lo cual supondría que recibiríamos 36.000 € netos de 40.000 € de premio. De este modo, un premio de 100.000 euros tributará al 20% sobre 80.000 €, se le aplicaría una retención de 36.000 y, por lo tanto, el premiado acabará cobrando 64.000 €.

 

¿Cómo se declara el premio?

Los premiados no se tendrán que preocupar de como declarar este dinero. A la hora de cobrar el premio, ya le practicará una retención fiscal la empresa que le da el premio por lo cual se otorga al premiado el premio limpio obtenido. Sin embargo, si el dinero recibido se reinvierte, los rendimientos de la inversión sí que tendrían que tributar a Hacienda en forma de intereses bancarios o por el famoso impuesto de patrimonio.

Los premios de Lotería no se incluyen en la base imponible del IRPF. Así que no se tendrá que pagar más en la declaración anual. Tampoco afectan a la hora de obtener ayudas públicas para becas o prestaciones sociales.

 

¿Y si se comparte?

En el supuesto de que sea un premio compartido, podría entrar en juego el impuesto de sucesiones y donaciones, que pagaría quién reciba el premio, y que depende de cada comunidad autónoma. Para ahorrárselo, hay que informar que el premio es compartido a la hora de recogerlo.

Si el cobro se hace a través del banco, los asesores fiscales también recomiendan que se identifiquen desde un principio todos los ganadores. En primer lugar, porque la entidad está obligada a informar la Agencia Tributaria y, en segundo lugar, porque si lo cobra una sola persona y después se reparte, Hacienda puede considerar este pago como una donación y, por lo tanto, las arcas públicas se verían doblemente premiadas.

 

¿Y si el ganador del premio no es una persona física?

En el supuesto de que el favorecido sea una empresa, asociación, fundación, cooperativa o cualquier otra forma jurídica de sociedad, las obligaciones cambian. La cantidad que ganes quedará integrada en tu base imponible del impuesto sobre sociedades, descontándose la retención practicada de la cantidad que resulte a pagar.

 

Desde la asesoría fiscal de Mediconsulting nos encargamos de informar y de hacer todas las gestiones y trámites que se pueda precisar. Si necesitas asesoramiento, puedes pedir cita con Mediconsulting rellenando rellenar el formulario: pide cita.