Mudarse a otro país para ejercer como médico representa una valiosa oportunidad profesional, aunque también puede despertar preguntas y cierta inseguridad, sobre todo en lo relacionado con la fiscalidad.
Titular de bienes en el extranjero. ¿Debo declararlo en España?
Las personas físicas o jurídicas que residan en territorio español (incluidos los territorios forales) que sean titulares, beneficiarios o autorizados sobre bienes y derechos ubicados en el extranjero deben informarlo a las Administraciones Publicas mediante el modelo 720. Estos bienes se dividen en tres grandes bloques:
- Valores, seguros y rentas depositadas en el extranjero.
- Bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles situados en el extranjero.
- Cuentas en entidades bancarias situadas en el extranjero.
La obligación de declarar surge al superar el umbral de 50.000 euros, siempre que no se aplique ninguna de las excepciones previstas, sin importar cuántos titulares existan sobre los bienes o derechos. Asimismo, deberán comunicarse los saldos globales sin dividir entre los titulares, especificando el porcentaje de participación correspondiente.
La presentación del modelo 720 debe realizarse entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año posterior al que corresponda la información declarada. En caso de que ya lo hayas presentado anteriormente, solo será necesario volver a hacerlo si el valor declarado aumenta en más de 20.000 € o si se han efectuado transmisiones.
Cómo podemos ayudarte
- Nos encargamos de presentar tu Modelo 720 dentro del plazo establecido, evitando errores que puedan derivar en sanciones que puedan significar más del 150% de la cantidad no declarada.
- Si el plazo ya ha vencido o la Agencia Tributaria te ha notificado que conoce la existencia de tus cuentas en el extranjero, gestionaremos la declaración del Modelo 720 y regularizaremos la situación para minimizar riesgos de sanción.
- Te acompañaremos durante todo el proceso, resolviendo tus consultas y ofreciéndote tranquilidad cuando lo requiera.
¿Puedo traer el dinero que tengo en el extranjero?
Traer tu dinero a España es posible y, en la mayoría de los casos, sencillo. Lo importante no es la transferencia en sí, sino justificar el origen de los fondos y cumplir con las declaraciones que correspondan.
Se debe tener en cuenta que transferir el dinero en sí no tributa, pero sí que Hacienda se fijará de donde procede el dinero, y si ese origen implica impuestos, deberá declararse. Es por ello que se debe guardar toda la documentación posible para acreditar este origen.
Buenas prácticas para evitar problemas
- Planificación fiscal: Analizamos tu caso, el origen de los fondos y te ayudamos a revisar las deducciones por impuestos pagados en el extranjero para evitar la doble imposición.
- Presentación y seguimiento: Tramitamos las declaraciones y te acompañamos para que todo esté en orden.