Prevención del blanqueo de capitales en Mediconsulting

Información sobre la Prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo

La Prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo tiene como finalidad prevenir e impedir la utilización del sistema financiero y de otros sectores de la actividad económica para blanquear los capitales procedentes de cualquier tipo de participación en la comisión de un delito.

En España, la vigilancia y el control de los riesgos relacionados con el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo corresponde al Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del blanqueo de Capitales e Infracciones monetarias (SEPBLAC). Desde un punto de vista normativo, esta materia se regula por la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, y por el Real Decreto 304/2014, de 5 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 10/2010, y por la Ley 12/2003 de bloqueo de la financiación del terrorismo.

MEDICONSULTING ETL GLOBAL, S.L. es sujeto obligado a cumplir con las obligaciones legales en esta materia, en las actividades de Asesoría Fiscal, Asesoría Societària y Asesoría Jurídica (esta última en los casos en que consista en la concepción, realización o asesoramiento de operaciones por cuenta de clientes relativas a la compraventa de bienes inmuebles o entidades comerciales, la gestión de fondos, valor u otros activos, la apertura o gestión de cuentas corrientes, cuentas de ahorro o cuentas de valores, la organización de las aportaciones necesarias para la gestión, el funcionamiento o la gestión de empresas, o la creación, la gestión o el funcionamiento de fideicomisos / trusts, sociedades o estructuras análogas, o cuando actúen por cuenta de clientes en cualquier operación financiera o inmobiliaria).

MEDICONSULTING ETL GLOBAL, S.L. cumple con la normativa vigente en su operativa financiera de acuerdo con las mejores prácticas y establece, entre otros, una política de aceptación de clientes, medidas preventivas de examen y control de operaciones, medidas de diligencia debida de identificación de los clientes y conocimiento de la actividad económica y programas de formación para los empleados.

MEDICONSULTING ETL GLOBAL, S.L. tiene designado a un representante ante el SEPBLAC, quien, además, hace funciones de Órgano de Control Interno unipersonal, las funciones fundamentales son determinar la política de MEDICONSULTING ETL GLOBAL, S.L. en la materia, promover el desarrollo e implantación de los procedimientos de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo y analizar y comunicar al Servicio Ejecutivo de la Comisión de prevención del blanqueo de capitales e Infracciones monetarias (SEPBLAC) las operaciones sospechosas de acuerdo con lo previsto en la legislación vigente.