¿Qué debes saber si tienes criptomonedas?

Mediconsulting

18 mar. 2024

Si tienes monedas virtuales, debes saber que durante este mes de marzo se presenta el nuevo modelo informativo 721 de monedas virtuales en la AEAT. 

 

Modelo 721: presentado por titulares de monedas virtuales en entidades no reconocidas en España 

Deben presentarlo los residentes fiscales en España que sean titulares de monedas virtuales superiores de forma conjunta (con saldo a 31 de diciembre 2023) a 50.000 euros y que estén depositadas en entidades no reconocidas en el Banco de España.

En los años sucesivos sólo existirá obligación de informar cuando se produzca un incremento del del saldo conjunto de monedas de 20.000 euros.

Los declarantes deberán dejar constancia de los siguientes datos:

  • Identificación fiscal. 
  • Clave o dirección pública con la que se identifica el monedero electrónico del declarado.
  • Tipo de moneda virtual.
  • Número de unidades al inicio y al final del periodo concreto.
  • Valor de los criptoactivos.
  • Saldo a 31 de diciembre de 2023 incluido en la clave pública.

El plazo de presentación será del 1 de enero al 1 de abril de 2024.

Se prevé un régimen de sanciones, recogidas en la Ley general Tributaria, por no presentar esta documentación en plazo, y que son las siguientes:

  • Multa de 20 € por cada dato o conjunto de datos, con un mínimo de 300 € y un máximo de 20.000 €.
  • Si se presenta fuera de plazo, pero sin requerimiento previo la sanción y los límites se reduce en la mitad.

 

Modelos 172-173:  presentado por entidades reconocidas por el Banco de España 

Las entidades reconocidas por el Banco de España ya informaron durante el mes de enero de 2024 de los activos de titulares residentes en España mediante estos dos impresos: 

Modelo 172:  información de los intermediarios criptográficos residentes fiscales en España que proporcionan los servicios en nombre de terceros, asesores, intermediarios entre comprador y vendedor denominados “wallers”.

Modelo 173:  información de los intermediarios criptográficos residentes en España que proporcionan servicios de creación de nuevas monedas virtuales, agencias de cambio entre diferentes monedas virtuales, denominados “Exchanges”. Los EXCHANGES REGISTRADOS EN ESPAÑA son las compañías que están reconocidas por el Banco de España como proveedores de servicios de criptomonedas: Binance, Bitstamp, BitBase, Bit2Me. Si se han comprado en un Exchange extranjero no estarían obligados a informar. Hay que acotar que el registro no muestra, de momento, los nombres de Kraken y Coinbase.

El plazo de presentación de los Modelos 172 y 173 fue del 1 de enero al 31 de enero de 2024. Ten en cuenta que, si la entidad ya lo informó en los impresos 172 y 173, ahora no debes informarlo en el impreso 721.

 

Te aconsejamos que te pongas en contacto con la entidad que custodia las monedas virtuales para que facilite los datos precisos y adjuntamos enlace a la página de PREGUNTAS FRECUENTES de la AEAT 

 

 

 

_

MEDICONSULTING ETL GLOBAL, SL; NIF B-58818501; domicilio social: Paseo de la Bonanova, 47, Barcelona 08017; Inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, Volumen 22352, folio 151, Inscripción 6ª de adaptación, Hoja B-36.748.