La Campaña de la Renta ha empezado con especial foco en determinadas áreas. La Agencia Tributaria hará un mayor esfuerzo de vigilancia en lo referido a las rentas derivadas del alquiler. Desde hace unos años, la AEAT está realizando, con cierta regularidad, comprobaciones de los inmuebles que los particulares tienen alquilados. Cuando se hace la declaración de IRPF, el propietario del inmueble alquilado tiene que declararlo como tal en el correspondiente epígrafe, teniendo en cuenta su calificación como rendimiento de capital inmobiliario o como rendimiento de actividad económica. La AEAT distingue entre:
Los rendimientos derivados del arrendamiento de bienes inmuebles tienen la consideración de rendimientos del capital inmobiliario, salvo que el arrendamiento se realice como actividad económica. A tal efecto, se entiende que el arrendamiento de bienes inmuebles se realiza como actividad económica cuando para la ordenación de ésta se utilice, al menos, una persona ocupada con contrato laboral y a jornada completa (arte. 27.2 de la Ley del IRPF).
Así es como detecta Hacienda un alquiler no declarado
La Agencia Tributaria utiliza numerosos procedimientos que van desde los más tradicionales hasta otros más avanzados como herramientas informáticas que permiten rastrear los anuncios de viviendas en alquiler publicados en los diferentes portales inmobiliarios.
Los principales métodos de Hacienda para detectar alquileres irregulares son los siguientes:
- Fianza del alquiler: se comprueba si alguien ha ingresado en el registro correspondiente de la comunidad autónoma la fianza obligatoria de este inmueble.
- Denuncias anónimas: investigan las denuncias de terceros -o incluso de los propios inquilinos- que se ponen en contacto con Hacienda para poner en su conocimiento la existencia de un alquiler de vivienda no declarada.
- Control de agencias inmobiliarias: los inspectores también visitan agencias inmobiliarias para recaudar información de sus carteras de inmuebles en alquiler, titulares, inquilinos, medios de pago, etc. Todos estos datos son contrastados con los que tiene la Agencia Tributaria.
- Consumo de suministros: a través del consumo de los suministros (agua, luz, etc.), Hacienda puede detectar que una vivienda en teoría cerrada está habitada.
- Cruce de datos: muchos fraudes en el alquiler de vivienda son descubiertos cuando Hacienda cruza los datos de arrendador y arrendatario. Por ejemplo, cuando el inquilino declara el alquiler, se empadrona, identifica en la declaración de la renta su vivienda habitual, etc. Aunque a nivel general la deducción por alquiler para los arrendatarios solo está disponible para los contratos firmados antes del 1 de enero de 2015, las diferentes comunidades autónomas ofrecen a veces bonificaciones si se cumplen determinados requisitos (edad, familia numerosa, etc.).
- Datos del catastro en la declaración de la renta: en él, el propietario tiene que identificar todas sus propiedades y si se encuentran libres o alquiladas.
- Plataformas de alquiler o intermediarios: Hacienda también controla los alquileres que gestionan estas plataformas de Internet y los propietarios de estos inmuebles.
Sanción de Hacienda por no declarar el alquiler
No cumplir tus obligaciones tributarias como arrendador tiene sus consecuencias. La sanción de Hacienda por no declarar el alquiler puede ser de diferente cuantía según la infracción. Si la Agencia Tributaria detecta después de su inspección que no se han declarado los ingresos obtenidos con una vivienda arrendada iniciará un expediente sancionador y enviará al propietario una declaración complementaria para que satisfaga los pagos pendientes.
A continuación, el arrendador puede presentar alegaciones si no está de acuerdo con la notificación de Hacienda o aceptar la sanción correspondiente. En este último caso, el propietario tendrá que pagar:
- El importe de las rentas atrasadas obtenidas por el alquiler.
- Los intereses de demora generados desde que no se ha cumplido con la obligación de declarar.
- Una sanción que puede oscilar entre el 50% y el 150% de las cantidades no declaradas, aunque se aplican reducciones si se paga en plazo.
¿Qué otras consecuencias tienen no declarar el alquiler?
Desde el punto de vista fiscal, no declarar el alquiler tiene también consecuencias negativas para el arrendador. Si no lo declara, el propietario pierde la posibilidad de desgravarse el 60% de los rendimientos obtenidos por el alquiler de este inmueble como vivienda habitual. Esta cantidad se obtiene restando los gastos e impuestos de los ingresos obtenidos por este arrendamiento. En el caso del alquiler vacacional, el arrendador también puede deducirse en la declaración de la renta los gastos de la vivienda turística, pero solo se computarán los gastos de los meses en que la casa está alquilada.
Qué se tiene que declarar a los alquileres:
- Relación de ingresos y gastos de los alquileres en formato Excel, separado piso por piso alquilado. El administrador de fincas los proporcionará con resúmenes anuales.
- Gastos: impuestos, seguros, comunidad de propietarios, intereses hipoteca. En caso de reparaciones o mantenimiento, hay que indicar el NIF de la/la empresa/se o profesionales que hayan expedido las facturas.
- Contratos de alquiler vigentes el 2021, incluidos los de temporada (turístico).
- Certificados de retenciones de los locales, inmueble por inmueble.
- Recibo de IBI que detalle valor catastral, valor del suelo y fecha de revisión.
- Fecha y precio de adquisición del inmueble alquilado.
- Número DNI del inquilino (arrendatario).
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