Autónomos: qué gastos puedo deducir en la declaración de la renta

Mediconsulting

24 oct. 2023

La Agencia Tributaria ha aumentado significativamente el nombre de comprobaciones, especialmente en el IVA y el IRPF, a profesionales autónomos. Desde Mediconsulting te explicamos los criterios actuales de la Administración Tributaria por considerar un gasto como deducible a la actividad profesional.

 

Principales gastos deducibles por concepto:

 

- Materiales y bienes necesarios para el negocio

Los materiales y productos necesarios para el desarrollo de la actividad que se han adquirido en el año en curso son deducibles. 

 

- Contratación de servicios profesionales independientes

Si el autónomo requiere de otro autónomo para el desarrollo de la actividad, como puede ser un gestor o asesor para llevar su contabilidad, un abogado por un pleito profesional, etc. puede deducirse el importe de sus facturas. 

 

- Publicidad y tarjetas de visita

Los costes por publicitar tu marca o la de tu negocio son deducibles. Si, por ejemplo, un autónomo invierte una cantidad en un tipo de formato publicitario con el fin de dar visibilidad a su negocio, puede incluir estos gastos en su autoliquidación como deducibles. 

 

- Asistencia a ferias o eventos relacionados con tu actividad

Es común que muchos autónomos acudan a ferias o eventos vinculados con su negocio en calidad de comprador o expositor por el que percibe una prestación económica. Siempre y cuando estén directamente relacionadas con el sector y pueda justificarse su relación con el negocio, son deducibles. 

 

- Inscripción a revistas profesionales y formación 

La inscripción y cuotas de revistas, o incluso webs de información, son deducibles. Eso sí, siempre y cuando estén directamente vinculadas con la actividad que desempeña el autónomo. Además, la asistencia a cursos privados que formen al emprendedor o trabajador por cuenta propia en su sector es deducible.

 

- Teléfono/Internet

Se considera fiscalmente deducible siempre que sea exclusivo para desarrollar la actividad económica, aunque es otro de los gastos que puede ocasionar dudas con la administración tributaria. Si utilizas el teléfono móvil para finalidades tanto particulares (contratos con pack TV, líneas familiares, etc.) como empresariales no podrás deducir el gasto. La factura del móvil debe ser independiente del resto de servicios no relacionados con la actividad.

 

- Desplazamientos

Se consideran desgravables también las cantidades destinadas a desplazamiento (gasolina, peajes, etc.) siempre y cuando pueda acreditarse que sean necesarios para la obtención de los ingresos profesionales. 

 

- Consumibles

La compra de material de oficina (bolígrafos, folios, tóner para la impresora, etc.) es fiscalmente deducible.

 

- Seguros

  • Seguro de responsabilidad civil.
  • Seguros de bienes profesionales (locales profesionales, aparatos, etc.)
  • Las primas del seguro de salud.

Estos seguros deben estar satisfechos por el contribuyente en la parte correspondiente a su propia cobertura ya la de su cónyuge e hijos menores de 25 años que convivan con él. En caso de hijos con discapacidad no se prevé ninguna excepción a la edad.

El límite máximo de deducción será de:

  • 500 € por cada una de las personas señaladas anteriormente.
  • 1.500 € por cada una de ellas con discapacidad (del tomador del seguro y del asegurado).

 

- RETA o Alternativa al RETA: MUTUAL MÉDICA

Un Autónomo puede deducir las cantidades destinadas al RETA o Producto MEL Alternativa al RETA que tienen los médicos con Mutual Médica, con el límite máximo de gasto establecido en el artículo 30 de la Ley del I.R.P.F. Para el ejercicio 2023, el límite máximo de gasto deducible en el MEL de MUTUAL MEDICA ha quedado fijado en 15.266, 72 € anuales.

Adicionalmente, las aportaciones a Mutualidades de Previsión Social desde el 1 de enero de 2023 pueden gozar de una reducción en la base imponible del IRPF de hasta 4.250 € de acuerdo con lo que establece el artículo 51 y con los límites del artículo 52, ambos de la Ley del IRPF.

 

- Alquileres y gastos asociados al despacho profesional

Si el autónomo paga el alquiler de un local destinado a ejercer en el mismo una actividad empresarial tendrá derecho a la deducción de este gasto. Así como los gastos del local que pague el autónomo como pueden ser los suministros: agua y luz, etc., gastos de formalización del contrato de arrendamiento, los tributos, los gastos de conservación, comunidad de vecinos, etc. 

Si el despacho profesional coincide con la vivienda habitual del autónomo solo podrá deducirse un % de los gastos del inmueble y el despacho debe estar de alta en el modelo 036 -037 de Censos de la Agencia Tributaria.

 

- Trabajadores en nómina

Si el autónomo tiene contratados trabajadores puede decidirse los gastos de costes de las nóminas de los trabajadores, así como los costes de Régimen General a la Seguridad Social. 

 

- Gastos de reparación y conservación 

 En caso de despacho profesional, aparatos relacionados con la actividad profesional de reparación como los gastos de pintura, arreglo de instalaciones, etc. son deducibles sin necesidad de amortizarse.

 

- Amortizaciones

Aplica a los bienes que sufran una depreciación de su valor como un ordenador, vehículo o los gastos de ampliación o mejora de un inmueble que suponen un aumento de capacidad o habitabilidad o un alargamiento de la vida útil del bien.

 

- Gastos deducibles especiales

  1. I+D. Serán fiscalmente deducibles gastos asociados al proyecto de investigación e incremento del gasto en I+D respecto a años anteriores, así como los gastos de inversión en inmovilizado material e intangible, siempre que estén vinculados a I+D.
  2. Start up. El gasto de inversión en la puesta en marcha de start ups también es fiscalmente desgravable hasta un 20% de lo aportado.
  3. Contratación. Si se contrata a un trabajador con discapacidad entre el 33 y el 65%, se podrá conseguir una deducción de 9.000 €, que se incrementará hasta 12.000 si la persona contratada tiene un porcentaje superior al 65%.

Aun cumpliendo los requisitos, la Agencia Tributaria es muy estricta a la hora de aceptar la deducción de un gasto. De ahí que el autónomo deba demostrar lo mejor posible que el gasto está relacionado con la actividad.

 

En los últimos meses, la Agencia Tributaria ha aumentado significativamente el número de comprobaciones, especialmente en el IVA y el IRPF, a profesionales autónomos. Te recomendamos que leas el post “Autónomos: ¿Por qué es necesario disponer de la factura para deducir un gasto?” 

 

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