Una reciente sentencia judicial ha otorgado derecho a una reducción fiscales a una serie de profesionales que estén cobrando su pensión de jubilación. Es importante remarcar que esta sentencia solo afecta a médicos jubilados que hubieran trabajado para empresas del sector de la banca, industria textil, metalurgia o construcción y que hubieran cotizado en la Mutualidad Laboral. Ten en cuenta que no debe confundirse Mutualidad Laboral con Mutualidad de Previsión Social o alternativa al RETA: Mutual Medica, como alternativa al RETA, no es una Mutualidad Laboral.
Por lo tanto, si eres un profesional jubilado, estás cobrando una pensión de jubilación de la Tesorería de la Seguridad Social y durante tu carrera laboral cotizaste en la Mutualidad Laboral de sectores como banca, industria textil, metalurgia o construcción, esta sentencia judicial te otorga derecho a disfrutar de una reducción fiscal del 100 % por lo cotizado hasta el 31 de diciembre de 1966 y de un 25 % por lo cotizado entre el 1 de enero de 1967 y el 31 de diciembre de 1978.
La STS 255/2023, REC. CASACIÓN 5335/2021 del 28 de febrero, reconoce a los pensionistas su derecho a que se les devuelva lo tributado de más durante los periodos impositivos que aún no han prescrito (los últimos cuatro, es decir, de 2019 a 2023). Esta sentencia permite, además, que la rebaja fiscal se aplique a partir de ahora en sus declaraciones tributarias futuras.
Adjuntamos listado de preguntas frecuentes sobre este tema que ha publicado la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
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