El Tribunal Supremo establece que las prestaciones por maternidad están exentas del IRPF

Mediconsulting

9 oct. 2018

El Tribunal Supremo ha declarado exentas del pago de IRPF a las prestaciones por maternidad percibidas de la Seguridad Social, ratificando una sentencia anterior del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) de 2017, que estimó el recurso de una mujer y ordenó a Hacienda que le devolviera la cantidad ingresada en el IRPF de 2013 por la prestación por maternidad con cargo a la Seguridad Social percibida en este ejercicio. El Supremo ha establecido como doctrina legal que "las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad Social están exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas". 

 
Así, la sentencia del Tribunal Supremo (TS) que declara nulas las retenciones en el IRPF por las prestaciones por maternidad ha abierto la puerta al hecho que las madres recuperen entre 1.000 y 2.600 euros por hijo nacido después de 2013. La Agencia Tributaria tendrá en cuenta el criterio del Tribunal Supremo y permitirá presentar una liquidación rectificativa reclamando la devolución de los ingresos indebidos que ha tenido Hacienda según la sentencia del TS.
 

¿Quién la puede reclamar? 

La sentencia tiene carácter retroactivo, pero con un límite temporal. De esta forma, todas las personas que hayan disfrutado de bajas de maternidad desde 2014 pueden solicitar la devolución del que pagaron por IRPF en sus prestaciones, las anteriores quedan prescritas. Esto significa que se pueden reclamar las declaraciones de la Renta de 2014, 2015, 2016 y 2017. Además, quienes hubieran iniciado un procedimiento de reclamación, habiendo recibido las prestaciones de maternidad con anterioridad a estos ejercicios, también se verán beneficiados por la sentencia porque el plazo queda en suspenso al haber empezado el trámite. 
 

También los padres 

 Aunque la norma de IRPF habla de prestaciones de maternidad, no solamente las madres perceptoras de esta prestación podrán instar la reclamación. También podrán reclamar los padres que lo hayan percibido, porque cuando el padre disfruta del periodo cedido por la madre, la prestación que él percibe sigue siendo de maternidad.  
 
Desde la asesoría fiscal de Mediconsulting nos encargamos de hacer todas las gestiones y trámites que pueda precisar para solicitar esta devolución del IRPF por el permiso de maternidad. Consúltenos sin ningún compromiso.