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Listado de los principales impuestos que ha de presentar un médico

Mediconsulting

Ejercer la medicina, ya sea por cuenta propia o combinando actividad pública y privada, implica cumplir con una serie de obligaciones fiscales específicas para médicos. Conocer qué impuestos debe presentar un médico es clave para evitar sanciones, optimizar la carga fiscal y tomar mejores decisiones profesionales. Desde Mediconsulting te ofrecemos un listado actualizado y claro de los principales impuestos que debe presentar un médico, especialmente si ejerce como autónomo o a través de una sociedad profesional.

1. IRPF: Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para médicos

El IRPF es el impuesto más importante para los médicos, tanto si ejercen como autónomos como si trabajan por cuenta ajena.

Médicos autónomos

Los médicos autónomos tributan en el IRPF por los rendimientos de su actividad profesional sanitaria.

Las principales obligaciones son:

  • Pagos fraccionados de IRPF (Modelo 130). Se presentan trimestralmente (abril, julio, octubre y enero). Con carácter general, se ingresa el 20 % del beneficio neto (ingresos menos gastos deducibles).
  • Declaración anual de la renta (Modelo 100). En esta declaración se regulariza toda la situación fiscal del médico, integrando la actividad profesional con otros ingresos personales.

 

Médicos asalariados

Los médicos que trabajan por cuenta ajena soportan retenciones de IRPF en nómina. Y deberán presentar la declaración anual de la renta en la que se regularizará su situación fiscal.

2. IVA en la actividad médica

El IVA en la actividad médica tiene particularidades importantes que conviene conocer.

Son sujetos obligados los médicos autónomos y las sociedades. 

  • Exención de IVA en servicios sanitarios

Los servicios médicos destinados a la prevención, diagnóstico, tratamiento o curación de enfermedades están exentos de IVA, según la normativa vigente. Esto implica que:

    • El médico no repercute IVA a sus pacientes.
    • No presenta el modelo 303 por estos servicios.

  • Servicios médicos sujetos a IVA

No todas las actividades médicas están exentas. Algunos ejemplos de servicios médicos con IVA son:

    • Informes médicos para aseguradoras o terceros.
    • Peritajes médicos y valoraciones.
    • Servicios de medicina estética no terapéutica.
    • Cursos, formación o conferencias.

En estos casos, el médico que sea sujeto obligado al IVA debe:

    • Repercutir IVA (habitualmente al 21 %).
    • Presentar el Modelo 303 de IVA (trimestral).
    • Presentar el Modelo 390 (resumen anual de IVA).

 

3. Retenciones y modelos 111 y 190

Si el médico autónomo tiene personal contratado o colabora con otros profesionales sanitarios, deberá cumplir con las obligaciones de retenciones.

• Declaración trimestral de retenciones practicadas en nóminas y facturas profesionales (Modelo 111).
• Resumen anual de dichas retenciones (Modelo 190). 

Estos modelos son habituales en clínicas privadas y consultas médicas con personal.

4. Cotizaciones a la Seguridad Social del médico

La forma de cotizar dependerá del régimen en el que esté encuadrado el profesional sanitario. Un profesional que inicia una actividad de manera independiente como autónomo debe darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social. Sin embargo, los médicos pueden elegir entre cotizar a la Seguridad Social (RETA) o hacerlo a través de la mutualidad de previsión social legalmente alternativa. La elección de una u otra opción debe efectuarse antes del inicio de la actividad. Si el profesional no se inscribe en ninguna, la Ley entiende que, por omisión, estará inscrito en el RETA desde el inicio de su actividad.

¿Qué opciones tengo para pagar la Seguridad Social de autónomos?

Como autónomo, se puede cotizar de dos maneras:

  • Realizando todos los trámites en la Tesorería de la Seguridad Social RETA en el enlace: Ciudadanos (seg-social.gob.es)
  • Contratando un seguro específico para Médicos de Ejercicio Libre (MEL). Este producto de Mutual Médica es la única alternativa al RETA para médicos que ejercen por cuenta propia o por cuenta propia y ajena a la vez. Proporciona coberturas de incapacidad laboral, vida-ahorro, dependencia y jubilación.

 

¿Cómo puedo informarme o darme de alta en el seguro para Médicos de Ejercicio Libre (MEL)?

Desde Medicorasse, la Correduría de Seguros del Colegio de Médicos de Barcelona, te pueden  proporcionar toda la información que necesites o resolver cualquier duda al respecto a través del teléfono 93 567 88 70, del correo medicorasse@med.es, o mediante el siguiente formulario de contacto.

 

5. Impuesto sobre Sociedades en médicos con sociedad

Cada vez más profesionales optan por ejercer a través de una sociedad profesional médica. En este caso:

  • La sociedad presenta el Impuesto sobre Sociedades (Modelo 200).
  • El tipo general es del 25 %.
  • El médico tributa en su IRPF por el salario y/o dividendos percibidos.

Este modelo puede generar ventajas fiscales para médicos, pero debe analizarse de forma individual.

6. Otras declaraciones fiscales habituales en médicos autónomos.

Dependiendo del volumen de actividad y la estructura del ejercicio profesional, pueden existir otras obligaciones:

  • Operaciones con terceros superiores a 3.005,06 € anuales (Modelo 347).
  • Operaciones intracomunitarias (Modelo 349).
  • Comunidades de bienes o sociedades Civiles (Modelo 184).

 

La fiscalidad de los médicos en nuestro país varía según la forma de ejercicio, el tipo de servicios prestados y la estructura profesional. Conocer los impuestos que debe presentar un médico es esencial para evitar errores y optimizar la tributación.

Desde Mediconsulting podemos ayudarte:

En Mediconsulting somos especialistas en asesoría fiscal para médicos y profesionales sanitarios. Si tienes cualquier duda, puedes ponerte en contacto con nosotros aquí:

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MEDICONSULTING ETL GLOBAL, S.L.; NIF B-58818501; domicilio social: Paseo de la Bonanova, 47, Barcelona 08017; Inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, volumen 22352, folio 151, inscripción 6ª de adaptación, hoja B-36.748

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